• 11 de enero de 2026 21:10

Se aprobó el nuevo Código de Justicia de Faltas de Paraná

En el marco de la 15° sesión ordinaria del Concejo Deliberante de la capital entrerriana se sancionó la ordenanza, impulsada por los ediles Luisina Minni y Fernando Quinodoz, mediante la cual se crea el Código de Justicia Municipal de Faltas, una iniciativa que busca modernizar, unificar y actualizar el Régimen Contravencional vigente en la ciudad.

El proyecto sancionado este miércoles consolida en un solo cuerpo normativo las disposiciones actualmente dispersas en diversas ordenanzas, como la 5421 (Código de Faltas), la 5614 (Régimen de Penalidades) y la 9211 (Faltas de Tránsito).

La iniciativa fue ampliamente trabajada y debatida en el ámbito de la Comisión de Legislación General, donde asistieron los tres jueces de Faltas de Paraná: Amado Siede (Juzgado N° 1), Marisol Poidomani (Juzgado N° 2) y Belén Menghi (Juzgado N° 3).

También participaron el subsecretario de Control Urbano, Lautaro López; la secretaria de Seguridad Vial, Movilidad y Ordenamiento Urbano, Katherina Stickel; el subsecretario de Habilitaciones, Guillermo Comas Cancio; y el subsecretario de Ambiente, Maximiliano Pérez Viecenz.

En este marco, las autoridades municipales presentes en las distintas reuniones de Comisión consideraron que este Código “es un avance muy grande”, ya que les permitirá “tener mejores herramientas como autoridad de aplicación para llevar adelante los distintos procedimientos”.

La reforma integral unifica el cálculo de multas a través de la Unidad Fija (UF), que equivale a $1.500 (un litro de nafta super del Automóvil Club). La nueva estructura faculta a los jueces municipales de faltas a ordenar a los vecinos sancionados otro tipo de resarcimientos para la ciudad, como tareas comunitarias o reparación de edificios públicos en caso de daños.

El nuevo Código cataloga claramente las faltas y detalla la magnitud de las penas.

Las faltas consideradas leves o típicas de convivencia ciudadana y tránsito inician en rangos de $150.000 a $450.000 (100 UF a 300 UF).

Un ejemplo específico de sanción dentro del nuevo catálogo es la Violencia contra las Mujeres y/o Diversidades en Espacios Públicos (que abarca conductas de acoso callejero). Estas infracciones son sancionadas con multas que van desde $300.000 (200 UF) hasta $3.000.000 (2.000 UF). Adicionalmente a la multa, el Juez o Jueza podrá ordenar la realización de trabajo comunitario y capacitaciones en materia de género.

Otras infracciones de convivencia incluyen:

  • Omisión de cumplimiento de normativas de higiene en inmuebles o terrenos baldíos: Sanciones desde $300.000 (200 UF) hasta $4.500.000 (3.000 UF).
  • Venta de bebidas alcohólicas a menores: Multas de $300.000 (200 UF) a $4.500.000 (3.000 UF), con potencial clausura del establecimiento.

Faltas Graves y de Alto Impacto

El catálogo impone montos sustancialmente mayores para las infracciones de mayor riesgo, por ejemplo de Tránsito o de daños al Ambiente:

  • Conducción sin Licencia o con Licencia Vencida o Suspendida: Multas de $450.000 (300 UF) a $1.500.000 (1.000 UF), además de la retención del vehículo.
  • Conducción bajo los efectos del alcohol: $450.000 (300 UF) a $1.500.000 (1.000 UF). Si el conductor excede 1 gramo de alcohol por litro de sangre, la sanción accesoria incluye una inhabilitación para conducir de 90 a 540 días, además de la multa.
  • Exceso de velocidad: $450.000 (300 UF) a $1.500.000 (1.000 UF), pudiendo incluir inhabilitación accesoria de 30 a 180 días.
  • Obras sin Permiso de Edificación: Multas desde $300.000 (200 UF) hasta $15.000.000 (10.000 UF).
  • Contaminación o Degradación Ambiental: Sanciones de $600.000 (400 UF) a $10.500.000 (7.000 UF).
  • Grandes Generadores de Residuos Sólidos Urbanos que incumplan normativas: Multas de $900.000 (600 UF) a $15.000.000 (10.000 UF).

Flexibilidad y Cumplimiento del Pago

El nuevo Código señala los mecanismos para la gestión de estas penas. Las multas deben abonarse en dinero dentro de los 10 días después de que la resolución del juez o jueza de Faltas quede firme. Se otorga la posibilidad de un pago voluntario con una reducción del 30% del monto mínimo de la multa. Este beneficio aplica a faltas de tránsito y otras, siempre que el pago se realice dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación.

Además el Juez o Jueza de Faltas está facultado para autorizar el pago de multas en hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, teniendo en cuenta la situación socioeconómica del infractor. Excepcionalmente, en casos de extrema necesidad o levedad del hecho, el Juez puede reducir la sanción más allá del mínimo aplicable o desestimar la falta.

En caso de que el infractor no realice el pago en término, el Juez de Faltas emitirá un certificado con carácter de título ejecutivo para iniciar el cobro mediante juicio de ejecución (apremio fiscal). La acción y la pena se extinguen, entre otras formas, por el pago voluntario de la multa.

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