El abogado Carlos G. Reggiardo acusó a Jorge Amilcar Luciano García, por haber designado un fiscal auxiliar en 2020 sin respetar el requisito de tener dos años de ejercicio. La denuncia penal.
Reggiardo acusa a García por haber designado un fiscal auxiliar en 2020 sin respetar el requisito de tener dos años de ejercicio. El detalle de la presentación penal.
La denuncia contra García se debe a que este, habría incumplido con la Ley N° 10.047 Orgánica del Ministerio Público al haber designado como fiscal auxiliar al abogado Facundo Etienot en 2020 sin haber respetado el requisito sine qua non de tener dos años de ejercicio en la profesión o en funciones judiciales.
Explica Reggiardo en su presentación judicial que si bien el artículo 34 de la Ley N° 10.047 «previó la facultad de autorizar a los abogados que integren el personal de las Unidades Fiscales a intervenir como fiscales auxiliares por un plazo determinado y renovable, también inexorablemente deben cumplir los requisitos» que establece el artículo 12 de esa norma que fija.
La denuncia de Reggiardo
“Para ser Agentes Fiscales, Defensores Públicos o Fiscales y Defensores Auxiliares deben reunirse las siguientes exigencias: ser ciudadano argentino, tener veinticinco años de edad, poseer título de abogado y dos años en el ejercicio de la profesión o en funciones judiciales”, indica.
La presentación indica que a través de la disposición N° 4 dictada por la Procuración General el 31 de julio de 2020 se designó al abogado Facundo Etienot como fiscal auxiliar transitorio de la Unidad Fiscal de Paraná, «desde la notificación y hasta el 31 de diciembre del 2020».
Y destaca que: «La Ley Orgánica del Ministerio Público, exige dos años con el título ejerciendo función judicial o la profesión, hecho fáctico y formal que no se corresponde en esta oportunidad haciendo una simple suma. En otras palabras, le faltaba a Facundo Etienot 4 meses para cumplir con uno de los requisitos formales».
«Este hecho encuadra en el delito de usurpación de autoridad, títulos u honores previsto en el artículo 246 que dice: ´Será reprimido con prisión de un mes a un año e inhabilitación especial por doble tiempo: 1-El que asumiere o ejerciere funciones públicas, sin título o nombramiento expedido por autoridad competente», agrega.

La cuestión, argumenta, «expone al Ministerio Publico Fiscal quien, en sus filas, tiene aún a un fiscal auxiliar que no cumple con los requisitos formales exigidos para su ingreso, esa misma persona embestida con el poder de la ley ha firmado abreviados, solicitado allanamientos y demás actos procesales propios de su función, exponiendo a los ciudadanos y ciudadanas de esta provincia a estar sujetos a la sola voluntad fáctica».
En ese marco, solicitó al Ministerio Público Fiscal la «apertura de la investigación» y requirió la siguiente producción de pruebas: que se remita el legajo personal del fiscal auxiliar Facundo Etienot que se encuentra en el Ministerio Publico Fiscal; que se oficie al Consejo de la Magistratura de Entre Ríos el legajo de Facundo Etienot y sus declaraciones juradas; que se oficie a la Universidad del Litoral para que informe la fecha de expedición del título universitario si lo hubiere, de Facundo Etienot.
«A modo de cierre, me tenga por presentada la denuncia penal formal contra el Sr. Procurador Jorge Amilcar Luciano García y el Fiscal Auxiliar Facundo Etienot por el delito de Usurpación de autoridad, títulos u honores», finaliza.