• 8 de junio de 2025 04:41

La Justicia revocó la libertad condicional del represor Mazzaferri

El represor está condenado a 20 años de cárcel por asociación ilícita, torturas y secuestros durante la dictadura en Concepción del Uruguay. Había sido liberado, sin embargo Casación anuló el beneficio.

El ex policía Federal represor y torturador que operó durante la última dictadura cívico militar en Entre Ríos, José Darío Mazzaferri, tiene que retornar a prisión tras un fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que revirtió una sentencia del Tribunal Oral Federal de Paraná que le había otorgado libertad condicional.

Mazzaferri había sido beneficiado con la salida de la cárcel con condiciones en marzo pasado. En 2017 había sido condenado a 20 años de prisión por asociación ilícita, torturas y secuestros contra numerosas víctimas durante la dictadura. Fue en la causa conocida como «La Noche del Mimeógrafo».

Mazzaferri operaba en un grupo de tareas de la Policía Federal en Concepción del Uruguay, que secuestraba y torturaba estudiantes, acciones en las que se comprobó que el represor tenía participación principal.

Antes del juicio había estado prófugo durante cuatro años con pedido de captura internacional.

El fallo fechado este jueves 26 de diciembre contó con votos divididos de la Cámara Federal de Casación Penal: Daniel Petrone y Alejandro Slokar resolvieron por la revocación, mientras que Diego Barroetaveña votó por mantener el beneficio al torturador.

El Tribunal Oral Federal de Paraná el 8 de marzo había resuelto dar libertad condicional con restricciones a Mazzaferri hasta el 7 de diciembre de 2029, fecha hasta la que se extiende su pena. Debía fijar domicilio, no consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes, no acercarse a las víctimas y someterse al control del Patronato de Liberados de Buenos Aires.

El TOF había reconocido el planteo de la Defensa de que las dos terceras partes de la condena se habían cumplido en diciembre de 2023, en base a informes del Servicio Penitenciario favorables a la conducta del represor, que ya gozaba de salidas transitorias socio familiares.

El fiscal José Candioti y la querellante Sofía Uranga interpusieron recurso de casación en abril. Señalaron en sus argumentos que Mazzarerri estuvo prófugo de la justicia desde 2009 hasta 2013, incluso con pedido de captura internacional y ofrecimiento de recompensa. También que fue condenado por múltiples delitos gravísimos encuadrados bajo la categoría de lesa humanidad y cometidos contra una pluralidad de victimas

Según cuestionó el fiscal, el fallo del TOF incumplía con la normativa internacional en materia de juzgamiento de delitos de lesa humanidad y dejaba a las víctimas del Terrorismo de Estado en indefensión e inseguridad, “luego de los atroces e imborrables sufrimientos padecidos”.

La querella había sumado que Mazzaferri no ofreció “una mínima reflexión sobre su culpabilidad” ni ha realizado ningún aporte de información útil para continuar con las investigaciones de los crímenes de la dictadura o alguna intención reparatoria para con las víctimas.

Por su parte, los camaristas que fallaron contra el represor indicaron que el TOF había omitido valorar la opinión de las víctimas y que la decisión era arbitraria e incompatible con la obligación de establecer “penas adecuadas” en los casos de lesa humanidad.

Recordaron además que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sugiere que las sanciones a los responsables de tales violaciones requieren de requisitos más exigentes que en los delitos comunes. Y añadieron jurisprudencia del Relator de Derechos Humanos de la ONU, según el cual la liberación anticipada de una persona condenada por crímenes de lesa humanidad puede constituir nn agravio a las víctimas, “pues las puede exponer a violencia, re-victimización e intimidación”.

Además, enfatizaron como requisito para la reducción de la pena que el condenado coopere en las investigaciones. “Las víctimas y sus familias llevan años esperando saber cuál fue el destino de las y los desaparecidos”, indicaron.

Mazzzaferri se encuentra condenado a la pena de 16 años de prisión por los delitos de asociación ilícita, allanamiento ilegal de domicilio, privación ilegítima de la libertad agravada, tormentos agravados por la condición de perseguidos políticos de las víctimas (ocho), todos calificados como crímenes de lesa humanidad.

0Shares
0Shares