{"id":33183,"date":"2026-03-09T10:46:14","date_gmt":"2026-03-09T13:46:14","guid":{"rendered":"https:\/\/impactodenoticias.com.ar\/?p=33183"},"modified":"2026-03-11T13:29:40","modified_gmt":"2026-03-11T16:29:40","slug":"concordia-condenan-a-empresario-rural-y-a-su-capataz-por-explotacion-laboral-de-trabajadores-misioneros-en-un-campo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/impactodenoticias.com.ar\/?p=33183","title":{"rendered":"Concordia: condenan a empresario rural y a su capataz por explotaci\u00f3n laboral de trabajadores misioneros en un campo"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La Justicia Federal de Paran\u00e1 hall\u00f3 culpables al propietario de un establecimiento rural y a su encargado por haber sometido a cinco peones a condiciones de trabajo y vida degradantes. Las v\u00edctimas hab\u00edan sido trasladadas desde Misiones mediante promesas laborales que nunca se cumplieron. Adem\u00e1s de las penas de prisi\u00f3n, deber\u00e1n afrontar una indemnizaci\u00f3n millonaria.<\/h2>\n\n\n\n<p>El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paran\u00e1 dict\u00f3 condena contra el empresario Yamil Ale Abdala y el capataz Sandro De La Cruz V\u00e1zquez por explotar laboralmente a cinco trabajadores rurales que hab\u00edan sido reclutados en la provincia de Misiones. Seg\u00fan el fallo judicial, los peones fueron llevados a un establecimiento ubicado en la zona de Puerto Yeru\u00e1, en el departamento Concordia, bajo falsas promesas de empleo en el sector forestal.<\/p>\n\n\n\n<p>Los jueces Jorge Sebasti\u00e1n Gallino, Noem\u00ed Marta Berros y Mariela Emilce Rojas consideraron acreditado que Abdala incurri\u00f3 en el delito de trata de personas con fines de explotaci\u00f3n laboral agravada, mientras que De La Cruz V\u00e1zquez fue hallado responsable como part\u00edcipe secundario de la maniobra. Como consecuencia, el due\u00f1o del campo recibi\u00f3 una condena de ocho a\u00f1os de prisi\u00f3n, mientras que el capataz fue sentenciado a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n de cumplimiento condicional.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia tambi\u00e9n dispuso una reparaci\u00f3n econ\u00f3mica para cuatro de las v\u00edctimas, destinada a compensar tanto el da\u00f1o material como el sufrimiento ocasionado por las condiciones en las que debieron vivir y trabajar. Dos de los trabajadores recibir\u00e1n una indemnizaci\u00f3n de 3.800.000 pesos cada uno, mientras que los otros dos percibir\u00e1n 1.900.000 pesos. El tribunal determin\u00f3 que el 90% de ese monto deber\u00e1 ser afrontado por el empresario y el 10% restante por el capataz, una vez que la resoluci\u00f3n quede firme.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante el juicio oral actuaron el fiscal federal Jos\u00e9 Ignacio Candioti y el auxiliar fiscal Juan Sebasti\u00e1n Podhainy, quienes impulsaron la acusaci\u00f3n basada en los testimonios de las v\u00edctimas, las inspecciones oficiales y las pruebas recolectadas durante la investigaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Los hechos investigados se desarrollaron entre principios y fines de septiembre de 2022. La situaci\u00f3n sali\u00f3 a la luz luego de una denuncia realizada a la l\u00ednea telef\u00f3nica 145, destinada a reportar casos de trata de personas. A partir de ese aviso, se realiz\u00f3 una inspecci\u00f3n que permiti\u00f3 detectar las condiciones en las que se encontraban los trabajadores y detener las actividades.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con lo probado en el debate, los peones fueron obligados a realizar tareas forestales en un contexto de fuerte precariedad y aislamiento. Las condiciones de vida eran extremadamente deficientes: dorm\u00edan en refugios improvisados que ellos mismos deb\u00edan construir con palos y lonas, sobre piso de tierra y con camas precarias y colchones deteriorados.<\/p>\n\n\n\n<p>El lugar carec\u00eda de servicios b\u00e1sicos. No contaban con electricidad, agua potable, gas ni instalaciones sanitarias adecuadas, lo que obligaba a los trabajadores a realizar sus necesidades al aire libre. Tampoco dispon\u00edan de un espacio para cocinar ni de elementos b\u00e1sicos de higiene o de primeros auxilios. En uno de los casos, incluso, un trabajador sufri\u00f3 una lesi\u00f3n sin recibir asistencia m\u00e9dica apropiada.<\/p>\n\n\n\n<p>En su an\u00e1lisis, los magistrados sostuvieron que los peones fueron sometidos a condiciones de vida y trabajo gravemente indignas, con extensas jornadas laborales, falta total de registraci\u00f3n y promesas laborales incumplidas. En ese contexto, el tribunal descart\u00f3 que se tratara de una simple infracci\u00f3n laboral y remarc\u00f3 que la situaci\u00f3n configuraba un caso de explotaci\u00f3n que superaba ampliamente el \u00e1mbito administrativo.<\/p>\n\n\n\n<p>La sentencia tambi\u00e9n record\u00f3 que la legislaci\u00f3n argentina sobre trata de personas, reforzada por la Ley 26.842, protege no solo la libertad de las personas sino tambi\u00e9n su dignidad. En ese marco, la explotaci\u00f3n laboral es considerada una de las expresiones contempor\u00e1neas de la llamada \u201cesclavitud moderna\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Uno de los aspectos centrales del fallo fue la situaci\u00f3n de vulnerabilidad en la que se encontraban los trabajadores. El tribunal sostuvo que los acusados aprovecharon la precariedad econ\u00f3mica y social de las v\u00edctimas para captar su mano de obra mediante promesas enga\u00f1osas. Esas ofertas generaron expectativas de empleo digno que luego se transformaron en un sistema de explotaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Los jueces tambi\u00e9n se\u00f1alaron que el consentimiento inicial de los trabajadores para aceptar el empleo no invalida la existencia del delito cuando esa aceptaci\u00f3n est\u00e1 condicionada por la necesidad y termina derivando en condiciones laborales degradantes.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, la resoluci\u00f3n valor\u00f3 especialmente los informes elaborados por los inspectores que participaron del operativo, realizado en conjunto por organismos de fiscalizaci\u00f3n laboral y la entonces Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos, actualmente denominada Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA). Esos documentos permitieron constatar la falta de registraci\u00f3n de los empleados y las graves deficiencias en materia de higiene, seguridad y habitabilidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Justicia Federal de Paran&aacute; hall&oacute; culpables al propietario de un establecimiento rural y a su encargado por haber sometido a cinco peones a condiciones de trabajo y vida degradantes. Las v&iacute;ctimas hab&iacute;an sido trasladadas desde Misiones mediante promesas laborales que nunca se cumplieron. Adem&aacute;s de las penas de prisi&oacute;n, deber&aacute;n afrontar una indemnizaci&oacute;n millonaria. 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