La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso presentado por Leonardo Airaldi para obtener prisión domiciliaria, al tiempo que ordenó una nueva resolución para liberar a tres acusados tal como lo solicitó el fiscal general Ricardo Álvarez en la instancia de apelación en Paraná.
La causa que investiga una presunta organización dedicada al narcotráfico en Diamante, Paraná y alrededores, liderada por el productor agropecuario, mantiene a Airaldi y otras 10 personas procesados por el Juzgado Federal de Paraná.
En junio, la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Paraná, dictó la falta de mérito o atenuó la situación de otros acusados, como la actual y la expareja del principal imputado; y confirmó el procesamiento por integrar la banda narco para el resto de los acusados, así como la prisión preventiva para Airaldi, Armando Balcaza, Sebastián Armocida, Juan Erbes, Walter Olivero y Roberto Coronel. Esta última cuestión fue atendida por los defensores ante los tribunales de Comodoro Py para intentar revertir la situación de encierro de estos imputados.
La Sala II de la Cámara Federal de Casación integrada por Angela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar trató los recursos presentados por los defensores de Airaldi, Pedro Fontanetto D’Angelo y Germán Palomeque, de Balcaza, Hugo Gemelli y Humberto Franchi, y de Olivero y Armocida, la defensora pública oficial María Florencia Hegglin. Por el Ministerio Público Fiscal de la Nación intervino el fiscal general Javier Augusto De Luca.
Por mayoría, Casación decidió rechazar por inadmisible los recursos de Airaldi y Olivero. Solkar y Yacobucci entendieron que «el ordenamiento procesal establece una limitación objetiva para la procedencia del recurso casatorio que, en lo sustancial, exige que, por vía de principio se trate de hipótesis que revistan la calidad de sentencia definitiva o equivalente», lo cual para ellos no sucede en este caso. Contrariamente opinó Ledesma, quien consideró admisible la presentación de los defensores.
Sobre la situación de Armocida y Balcaza, reconocieron el recurso y abordaron lo sucedido en la instancia de apelación en Paraná. Vale recordar que el fiscal general ante la Cámara, Ricardo Álvarez, había cuestionado la resolución del juez federal Leandro Ríos en cuanto a la argumentación de parte de las medidas cautelares, e incluso calificó la investigación como «narcofónica», haciendo referencia a las escuchas telefónicas.
La resolución de Casación recuerda: «El Fiscal General entendió, en cuanto aquí interesa y en el marco de la audiencia ante la cámara de apelaciones, que el dictado de las prisiones preventivas respecto de los nombrados resultaría arbitrario y postuló su nulidad. De este modo, sostuvo que en la resolución del juzgado se utilizaron los mismos argumentos tanto para dar sustento al dictado de las prisiones preventivas de algunos imputados, como para ordenar la libertad en el caso de otros. Así, entendió que no resultaba cierto, como se afirmó en la resolución que cuestionó, que tener buenos medios de vida abonaría necesariamente un riesgo de fuga. Ello, a la par de que tener condiciones de vida malas, para el propio juzgado, además abonaría dicho riesgo en otros supuestos. Por tanto, adunto que el juez de grado no explicó en qué se fundó para decidir de una u otra manera, tachando de arbitraria la fundamentación esgrimida».
«Atento a que lo sostenido por el acusador público en esta causa se funda en directrices interpretativas que no colisionan con la Constitución o el orden público, resultaba entonces vinculante para el juez de la instancia. Consecuentemente, esa situación condicionaba la resolución que había de adoptarse en el presente legajo», añade la resolución.
Esto significa que cuestionan a la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná por no hacer lugar al pedido de morigeración de la medida cautelar como lo solicitó el fiscal, en coincidencia con los defensores.
Por esto, resolvieron que «corresponde hacer lugar al agravio esgrimido por la defensa de Armocida respecto de la violación al sistema acusatorio, lo que también resulta aplicable para Balcaza. Asimismo, corresponde aplicar extensivamente este criterio en favor del imputado Juan Andrés Erbes, quien se encuentra en la misma situación que los mencionados recurrentes».
Ledesma añadió a los fundamentos de este punto: «Lo solicitado por el acusador público constituye el límite que tiene el órgano jurisdiccional para pronunciarse y, consecuentemente, el Tribunal no puede ir más allá de la pretensión requerida por la acusación».
De este modo, se remite el expediente a la Cámara paranaense para que «dicte un nuevo pronunciamiento».
cabe destacar que se presentaron los recursos de Casación luego de que el Juzgado Federal y la Policía provincial encontraran en un campo de Airaldi un tanque de 5.000 litros enterrado, presumiblemente utilizado para el almacenamiento de droga. Una evidencia que no fue considerada en su momento por la Cámara de Apelaciones por no haberse localizado aún, y que también comprometería la situación de la novia de Airalid, Jimena Burne, quien había sido beneficiada por los camaristas de Paraná con un cambio de calificación a «partícipe secundaria» en las actividades del jefe de la banda.