• 27 de julio de 2025 10:21

Ex juez que pide trabajar como letrado y seguir cobrando su jubilación

El Superior Tribunal avaló que Pablo Vírgala ejerza como abogado sin resignar sus haberes jubilatorios. El CAER y la Provincia elevaron un recurso extraordinario federal. Desde el Colegio de la Abogacía insiste en que está prohibido por Ley.

Este martes se llevó a cabo la presentación formal en contra del fallo dividido del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que obligaba al Colegio de la Abogacía a restituir la matrícula de abogado al ex magistrado Pablo Vírgala sin resignar sus haberes jubilatorios.

Vírgala había presentado un amparo con el patrocinio del abogado Miguel Cullen, con el objetivo de conseguir que el Colegio de la Abogacía (CAER) le rehabilite la matrícula para poder ejercer su profesión aunque sin suspender el beneficio jubilatorio que percibe, algo que establece la ley vigente.

En un fallo dividido, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos hizo lugar al Amparo presentado por Pablo Vírgala y habilitó al ex juez a reincorporarse como abogado en el fuero Civil y Comercial sin dejar de percibir sus haberes jubilatorios por su trabajo como magistrado.

Sin embargo, desde el CAER reafirman que Vírgala no puede ejercer como abogado y cobrar una jubilación como ex juez.

«Esto está prohibido expresamente en un artículo de la ley 10.855», remarcan desde el CAER, quienes en conjunto con el gobierno provincial presentaron un recurso extraordinario federal para apelar el fallo del STJ.

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