El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Juan Malvasio, dictó sentencia en un caso de narcomenudeo que involucra a una familia del barrio Belgrano de Paraná.
Saúl Oscar De Kimpe, sindicado como el principal responsable, fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, mientras que sus cómplices, Diego Aurelio De Kimpe y Ludmila Holotte, recibieron penas de prisión condicional.
La sentencia dictada por Malvasio se dio luego de analizar el proyecto de juicio abreviado que le presentaron el fiscal Santiago Alfieri y el defensor Claudio Berón.
La investigación judicial determinó que Saúl De Kimpe, de 35 años, empleado municipal, fue el autor material y responsable de la comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas directamente a consumidores.
Esta actividad ilícita, destaca la fiscalía, se realizó desde al menos el 15 de noviembre de 2024 en dos viviendas de la calle Salvador del Carril, en Paraná, y fue interrumpida el 18 de diciembre de 2024 tras allanamientos.
En los procedimientos policiales, se hallaron en una vivienda tres dosis de cocaína en envoltorios, una piedra de 18 gramos de cocaína, dinero en efectivo y una balanza de precisión, además de 26 dosis de cocaína envueltas, con un total de 4.2 gramos.
Adicionalmente, a Saúl se le atribuyó un segundo hecho: el 18 de marzo de 2025, en la Unidad Penal N° 1, se le descubrió en posesión de 10.8 gramos de marihuana ocultos en las suelas de sus ojotas durante una requisa a internos del Pabellón N° 11.
Mientras que Diego De Kimpe, de 49 años, y Ludmila Holotte, de 19 años, fueron declarados partícipes secundarios en el delito de comercialización de estupefacientes. En la investigación se acreditó que su colaboración consistía en recibir a los compradores de estupefacientes y el dinero en las viviendas investigadas.
Además de la pena a tres años de prisión de cumplimiento condicional y al pago del mínimo de la multa, ambos deberán cumplir normas de conducta por un período de tres años y seis meses, que incluyen: fijar domicilio y comunicar cualquier modificación, y realizar 200 horas de tareas no remuneradas en la institución que disponga la Oficina de Medios Alternativos.